Comités
-- Asuntos profesorales
El Comité
de Asuntos profesorales fue constituido según Acuerdo Académico
0077 del 17 de septiembre de 1996, para sustentar -entre otros aspectos-,
el parágrafo según el cual la institución debe dar aplicación
adecuada al principio de la descentralización consagrada en el artículo
23 del Estatuto General, haciendo uso de las funciones especificadas para
este Comité que preside el Vicerrector de Docencia de la Universidad.
Las funciones
que le fueron asignadas se refieren a la resolución en segunda instancia
de: las recomendaciones de los Consejos de Facultad, Escuela o Instituto sobre
ingreso al escalafón de los profesores; ingresos y ascensos que deben
concederse al profesor para efectos de promoción; decisiones de los
Consejos de Facultad, Escuela o Instituto sobre la evaluación profesoral
y sobre los planes de trabajo establecidos por los Consejos de Facultad, Escuela
o Instituto; además de conceder el año sabático, con
el cumplimiento preliminar de los requisitos estipulados reglamentariamente
y resolver, previo concepto de los Consejos de Facultad, Escuela e Instituto,
las solicitudes profesorales que impliquen excepcionar las normas expedidas
por el Consejo Académico. Si se tratare de excepcionar las normas expedidas
por el Consejo Superior, este comité resolverá si recomienda
o no, dicha excepción.